Devolución del IVA

Hay ocasiones en las que una empresa, tras realizar su declaración del IVA, obtiene un resultado negativo. En estos casos procede la devolución del IVA. Generalmente no será buena señal, porque soportar más que repercutir significa incurrir en pérdidas.

Por este motivo, es muy importante para las empresas en esta situación que Hacienda les devuelva el IVA lo antes posible. Pero, ¿cuánto tarda Hacienda en devolver el IVA en estos casos? Hoy resolvemos esta duda.

Plazo de devolución del IVA

Dependiendo del régimen en que se tribute, la declaración del IVA será mensual o trimestral. Y con la declaración viene la devolución o ingreso del IVA.

Por tanto, el régimen de tributación determina el plazo de devolución del IVA.

REDEME o Régimen de Devolución Mensual

La declaración con devolución mensual se da únicamente en el régimen REDEME (Régimen de Devolución Mensual).

Este régimen requiere de un control de las cuentas más exhaustivo, y está disponible a cualquier empresa que no tribute en régimen simplificado, esté al corriente de sus obligaciones y no haya sido excluida del Registro en los tres años anteriores.

A cambio, la empresa (o autónomo) puede declarar mensualmente el IVA, de modo que lo regulariza con mayor periodicidad.

Supuesto general para la devolución del IVA

En el caso de empresas y autónomos no inscritos en el REDEME, la declaración es la realizada por conducto del modelo 303 trimestral. En el caso de que el resultado sea negativo, se compensará con las declaraciones siguientes.

Si, realizada la última declaración trimestral del 4º trimestre del año, y aplicadas las compensaciones correspondientes, el resultado siguiera siendo negativo, el contribuyente tendrá derecho a mantener la compensación para el ejercicio siguiente o solicitar la devolución del IVA.

Es decir, Hacienda solo va a devolver el IVA cuando así se derive de la declaración correspondiente al cuarto trimestre del año natural.

El momento de devolución

En definitiva, la Administración devolverá el IVA cuando el resultado sea negativo, mensualmente en el caso del REDEME y tras la última declaración trimestral en el resto de los casos.

El plazo de devolución comenzará al terminar el plazo de declaración e ingreso voluntario. 

Si en seis meses desde el nacimiento de la deuda, Hacienda no ha devuelto el IVA, comenzarán a devengarse intereses.

Esto no significa que siempre se pague antes de los seis meses. Pero lo cierto es que la AEAT intenta que antes de que comience el devengo de los intereses se haya abonado la devolución.

Por tanto, es previsible que la devolución del IVA tenga lugar antes  de finalizar el mes en curso. 

En la sede electrónica de la AEAT se puede consultar el estado de la tramitación de prácticamente cualquier expediente, lo que incluye los expedientes de devolución. Lo único que se necesita para acceder a esta información es el certificado digital o la Cl@ve.

Factores que pueden retrasar o adelantar la devolución del IVA

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A menudo, la Agencia Tributaria recibe orden de retener liquidez o de ir abonando muy paulatinamente. Esto es más frecuente de lo que parece, ya que el Estado puede encontrarse en una situación ajustada de liquidez.

Por otro lado, la velocidad de la devolución va a depender en gran medida de la cuantía a la que ascienda la devolución del IVA. Cuanto más dinero adeude la Agencia, más suele tardar en devolverlo.

Otro factor que puede ralentizar el pago es la necesidad de realizar comprobaciones. Sin embargo, un retraso en el pago no tiene por qué significar que uno sea objeto de una actuación inspectora.

En el otro lado de la balanza, cuando Hacienda va a entrar en mora suele acelerar los pagos. Teniendo en cuenta que los intereses se aplican automáticamente, la AEAT suele evitar el transcurso del plazo de seis meses.

También hay ocasiones en que las finanzas están en buenas condiciones y se da orden de realizar pagos inmediatos.

Lo cierto es que, por una mera cuestión de liquidez, muchas veces es más rápido aplicar el resultado negativo a una compensación en la mensualidad siguiente o el primer trimestre, dependiendo del régimen de tributación.

Y es que Hacienda no es más que el gestor del Tesoro Público. Cualquier empresario o autónomo que haya tenido un resultado negativo en la declaración del IVA sabe lo importante que es retener liquidez.

En cualquier caso, una empresa no debe depender de la devolución del IVA. Como se ha señalado, cuánto tarde Hacienda en devolver el IVA depende de muchos factores, por lo que sería incauto contar con una devolución rápida.