El contrato en prácticas es una herramienta que facilita la entrada al mercado laboral de estudiantes que han terminado un periodo de formación. Esta fórmula de empleabilidad fomenta la contratación mediante incentivos a las empresas y regula las condiciones laborales del trabajador en prácticas, ciñendo su desempeño a unas áreas acorde con su titulación, en unas condiciones y un periodo de tiempo determinados.

¿Qué Tener en Mente al Formalizar un Contrato de Trabajo en Prácticas?

1. Experiencia

Una de las grandes ventajas del contrato en prácticas es que ofrece al trabajador la posibilidad de adquirir experiencia en su campo profesional y complementar el aprendizaje adquirido durante sus estudios.

El empleado adquiere una capacitación práctica y un valor añadido en su historial profesional, lo que aumenta sus posibilidades de permanencia en el mercado de trabajo y de consecución de un contrato mejor remunerado y con mayor estabilidad.

2. Normativa de referencia

La normativa de referencia para este contrato es la siguiente:

  • Artículo 11.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores.
  • 488/98, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.
  • 63/2006, de 27 de enero, de 27 de enero, por el que aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.
  • Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
  • Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y de la creación de empleo.
  • Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre.

3. Titulación

Para optar a un contrato en prácticas, el solicitante debe disponer de alguno de los siguientes títulos:

  • Título universitario.
  • Título de grado medio o grado superior en la modalidad de formación profesional.
  • Cualquier título que la administración educativa homologue con los previamente citados, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente o del certificado que acredite a la persona como poseedora de determinadas habilidades profesionales. De acuerdo con la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de Cualificaciones y Formación Profesional.

4. Requisitos del contrato de trabajo en prácticas

Además, se exigen los siguientes requisitos del contrato en prácticas:

  • No haber sobrepasado los 5 años, o 7 en caso de trabajadores con discapacidad, desde la finalización de tus estudios.
  • Para los menores de 30 años, la fecha de finalización de los estudios no es tenida en consideración.

5. Modelo

Cualquier empresa o estudiante puede conseguir un modelo de contrato en prácticas a través de la web del Servicio Pública de Empleo Estatal (SEPE), organismo dependiente del Ministerio de Trabajo.

Es un modelo genérico en formato pdf, que está a disposición de la ciudadanía  para su descarga. Para más información, clique aquí.

6. El salario del contrato en prácticas

El salario de contrato en prácticas se fija en el convenio colectivo para este tipo de contratos.

Una de sus características es que, durante los primeros 12 meses, no puede ser menor del 60 por ciento del salario establecido en el convenio laboral para los empleados que ocupen el mismo puesto de trabajo. Y durante el segundo año de contrato en prácticas, ese porcentaje debe aumentar al 75 por ciento.

La remuneración que percibe el trabajador en prácticas tampoco puede ser menor que la marcada como salario mínimo interprofesional.

Cuando las condiciones contractuales son de jornada a tiempo parcial, el salario mínimo se reduce proporcionalmente a la reducción en el horario laboral que se ha acordado entre trabajador y empresa con anterioridad.

7. Duración

El contrato en prácticas no puede tener una duración menor a 6 meses ni superior a 2 años.

Si el contrato es por menos de 2 años y la empresa y trabajador lo acuerdan, se puede prorrogar hasta en dos ocasiones, por un tiempo no inferior a seis meses.

8. Periodo de prueba

El periodo de prueba no debe sobrepasar un mes cuando los trabajadores acreditan lo siguiente:

  • Titulación de grado medio.
  • Documento acreditativo de profesionalidad en los niveles 1 o 2.

El periodo de prueba no debe sobrepasar dos meses en los siguientes casos:

  • Titulados de grado superior.
  • Personas con certificado o acreditación de profesionalidad nivel 3, salvo convenio colectivo.

9. Beneficios

El contrato en prácticas es una fórmula que puede beneficiar tanto al trabajador como a la empresa.

El estudiante se abre camino y dispone de una oportunidad de encauzar su trayectoria profesional. La empresa tiene la posibilidad de invertir en capital humano recién titulado al que puede inculcar su cultura empresarial. Además, puede recibir una serie de incentivos.

10. Empleo

Un objetivo de cualquier contrato es favorecer la economía y crear empleo y riqueza. Por eso, este tipo de herramientas pueden ser usadas por sí solas o en combinación con otras para impulsar la actividad económica.